Borja J. Pérez Ruiz, es abogado desde el año 2004 y mediador inscrito en el Registro de Mediadores del Ministerio de Justicia desde el 13.02.20, y miembro de la Asociación Española de Mediación, por lo que es una persona autorizada para desempeñar la función de mediación como viene realizándolo desde septiembre 2020 negociando extrajudicialmente asuntos que se consiguen que lleguen a sede judicial y en el caso contrario se entrega documento como mediador autorizado para que se pueda presentar en sede judicial
Puedes contar con un área de cliente en el que consultar el devenir en tiempo real de tu caso: documentación presentada, respuesta de la parte contraria, etc.
Nos comprometemos con todos nuestros clientes a responder sus llamadas no respondidas dentro de las 24 horas siguientes.
Antes de presentar cualquier escrito, se lo mostramos a nuestro cliente, con quien lo comentamos para resolver todas sus dudas posibles.
A partir del 3 de abril de 2025, la mediación se convierte en un paso obligatorio antes de acudir a los tribunales en materia civil y mercantil, según lo establece la Ley 1/2025.
Esta normativa refuerza la mediación como una vía esencial para la resolución de conflictos, con el objetivo de descongestionar los juzgados, reducir los costes judiciales y fomentar soluciones más rápidas y efectivas para todas las partes involucradas.
Un mediador es un profesional neutral que ayuda a las partes en conflicto a llegar a un acuerdo de forma voluntaria y confidencial, evitando acudir a los tribunales. Facilita la comunicación y busca soluciones que beneficien a ambas partes.
La mediación es ideal para resolver conflictos relacionados con herencias, arrendamientos, reclamaciones de cantidad, contratos, disputas entre socios o problemas con proveedores y clientes, entre otros.
No solo se utiliza en separaciones o divorcios. También es útil en conflictos por custodias, reparto de herencias, cuidado de personas mayores o cualquier situación familiar donde haya diferencias.
En España, la mediación no es obligatoria, pero en muchos casos los jueces pueden recomendarla y valoran positivamente haber intentado resolver el conflicto de esta manera antes de iniciar el proceso judicial.
Depende del caso, pero generalmente es mucho más rápido que un procedimiento judicial. En pocos días o semanas se puede alcanzar un acuerdo, evitando meses o incluso años de litigio.
Sí, el acuerdo alcanzado en mediación puede elevarse a escritura pública o ser homologado judicialmente, teniendo la misma fuerza legal que una sentencia.
La mediación es un proceso más económico que un juicio. Las tarifas dependen de la complejidad del caso y las sesiones necesarias, pero siempre supone un ahorro frente a los costes judiciales.
Puedes ponerte en contacto directamente con un mediador acreditado. También puedes buscar en el Registro de Mediadores del Ministerio de Justicia y solicitar una primera reunión informativa sin compromiso.